Don José García Cruz, Secretario de Su Majestad y Escribano Mayor del Ayuntamiento y Superintendencia de esta ciudad de Jaén, CERTIFICO que estando la dicha ciudad junta en su Ayuntamiento, como lo acostumbra, en día de la fecha, fue presentado el Memorial.
ACUERDO.- Y por la ciudad visto y entendido el Memorial susodicho inserto, habiendo conferido sobre su contenido y que de ello no resulta perjuicio de la causa pública, y atendiendo al mayor culto de Dios Nuestro Señor con el que logra alivio el vecindario de la población de la villa de La Calzada del Campo de Calatrava, y que Su Majestad (q. D. g) en ello sería de una conformidad, acordó por sí, su Reino y Provincia, prestar, y prestó su consentimiento para la fundación del Convento de la Sagrada Religión de Capuchinos de la dicha villa de La Calzada del Campo de Calatrava, en la forma y como ha constado a esta ciudad por el dicho Memorial, dispensando, como dispensa, en las condiciones de Millones que lo prohíben por esta vez, y quedando en su fuerza y vigor para en lo adelante, y para que conste de este consentimiento, se dé el testimonio a la parte de PP. Capuchinos que lo solicitan, para que use de él al fin mencionado. Con esta del dicho acuerdo más largamente que queda en mi libro Capitular, a que me remito, y doy el presente, a catorce días del mes de agosto de mil setecientos veinticuatro.- José de la Cruz.
Fuente: Convento de Capuchinos de Calzada de Calatrava, de Andrés de Palazuelo de Torio.