El Gobierno acepta el proyecto para construir la Iglesia Parroquial

Informe de la Real Academia de San Fernando

Es en febrero de 1854 cuando militares, con apoyo de elementos civiles, intentan una sublevación en Zaragoza y fracasan. Pretendían suprimir la Constitución moderada de 1845. La situación se agrava con la Vicalvarada, lo que obliga a la reina Isabel II a prescindir de los moderados y llamar a Espartero para presidir el Consejo de Ministros, comenzando el bienio progresista. Esta nueva situación hace que se paralice la gestión del expediente de la Iglesia parroquial, por lo hay que esperar hasta el 18 de febrero de 1856 para que el Director General de Negocios Eclesiásticos del Ministerio de Gracia y Justicia, Miguel Ortiz, comunique la decisión tomada en estos términos:

“Siendo exorbitante todavía (atendidos los fondos que están destinados a la reparación de las Iglesias y las muchas que necesitan obra indispensable para su conservación y reedificación) la cantidad de 887.528 [se equivoca, el presupuesto fue de 877.728] reales de vellón que tendría que satisfacer el Estado para que pudiera llevarse a efecto el bello proyecto de reedificación del templo parroquial de la Calzada de Calatrava, formado por el arquitecto Don Francisco Enríquez Ferrer, según los planos y presupuesto unidos al adjunto expediente y a pesar de ser 340.760 reales menos costoso al Tesoro Público que el proyecto anterior de Don Juan José de Alzaga, la Reina (q.d.g.) se ha servido mandar, aunque con sentimiento, se devuelva nuevamente a Vuestra Eminencia a fin de que, teniendo en cuenta la más estricta economía y la escasez de los fondos que el Gobierno puede dedicar a esta obra, se forme un nuevo proyecto y presupuesto; pues sólo así y no de otra manera, podrán en días no remotos ver los vecinos de la Calzada de Calatrava reedificado su templo parroquial”.

El Arzobispado de Toledo comunica la decisión tomada por el Gobierno al alcalde de Calzada de Calatrava y a Francisco Enríquez Ferrer el 28 de febrero de 1856, por lo que José Moreno y Pedro Antoni Guíos –alcalde y cura de este pueblo, respectivamente- escriben al Secretario de Cámara del Arzobispo de Toledo Antonio Aguado, en abril del mismo año, para que se interesen en la construcción de la nueva parroquia. Éste escribe al arquitecto, el 4 de julio de 1856, solicitando información de cómo se encuentran los trabajos de reforma y el presupuesto. Enríquez Ferrer contesta que aún no ha recibido ninguna cantidad de dinero por los viajes a Calzada ni por su proyecto del nuevo edificio Iglesia para la feligresía y como ya sabe que tiene que comenzar uno nuevo, como así lo ha decidido el Gobierno de Su Majestad, solicita que se le faciliten 2.500 reales para atender los gastos de los delineantes, importe que se descontaría de los honorarios en concepto que a él le corresponda percibir. Esta cantidad es entregada al arquitecto por el cura párroco, según orden dada por el Secretario de Cámara y en nombre de la Junta Inspectora, de los fondos que se han recibido del Gobierno para realizar los nuevos planos de la Iglesia.

Es el 20 de abril de 1857 cuando Francisco Enríquez envía a Su Eminencia el nuevo informe, los planos y el nuevo presupuesto del proyecto del templo parroquial, limitando la extensión del templo a lo menos posible a fin de reducir gastos en su edificación. Es el Gobierno Eclesiástico del Arzobispado de Toledo quien envía el expediente completo al Ministerio de Gracia y Justicia, informando de que el presupuesto ascendía a la cantidad de 896.719 reales y 20 maravedíes, de los que el erario público debía aportar 652.773 reales y 20 maravedíes, para que se dignara prestarle su aprobación y librar las cantidades oportunas con objeto de llevar a cabo una obra tan urgente como necesaria para los vecinos de Calzada de Calatrava. Era el 17 de mayo de 1857. El Subsecretario del Ministerio de Gracia y Justicia, Fernando Álvarez, envió el 7 de agosto de 1857 al Presidente de la Academia de Nobles Artes de San Fernando este nuevo proyecto para que manifestara lo que estimase oportuno sobre la parte artística de los planos y sobre el coste del presupuesto. Fue el 2 de octubre de éste mismo año cuando la Sección de Arquitectura de la Academia, presidida por el marqués del Socorro, José Solano de Matalinares, aprobó los planos y el presupuesto porque, según sus palabras, “los encontraba conformes con las buenas máximas artísticas y sujetos a la más estricta economía”, y  envió el expediente al Ministerio de Gracia y Justicia. El presupuesto fue aprobado por el Gobierno y recibido, junto con los planos del arquitecto Enríquez, por el cura párroco José Moreno el 3 de julio de 1861; librándose para las obras 40.000 reales, en marzo de este mismo año. Una vez librada dicha cantidad -y de acuerdo al artículo 4º del Real Decreto, de 19 de septiembre de 1851- debía invertirse en la obra por una Junta[1] compuesta del cura párroco, del Alcalde, del mayor contribuyente del pueblo y de los dos feligreses que mayor aportación hubiesen ofrecido para la ejecución de la obra, haciendo de administrador a la persona que la Junta eligiese. Esta Junta parroquial se instaló en Calzada de Calatrava pero hubo problemas en la designación, como uno de sus vocales, del primer contribuyente ya que no aceptó su nombramiento bajo el pretexto de su estado de salud delicada y de su edad avanzada. José Moreno pidió asesoramiento al Arzobispado de Toledo para dar solución a este problema, el cual fue informado, el 29 de julio de 1861, de que nombrase a uno de los mayores contribuyentes de la villa para desempeñar dicho cargo.


[1] Establecida en cada uno de los pueblos donde hubiere necesidad de edificar o reparar algún edificio eclesiástico, y que dependería, a todos los efectos, de su respectiva Junta Diocesana. Si se trataba de una iglesia parroquial, el cura párroco ejercía la presidencia, junto con el alcalde, el primer teniente cura o coadjutor, el procurador síndico y los dos feligreses que mayor limosna hubiesen ofrecido para la ejecución de la obra. Las obligaciones de estas Juntas eran el control en la ejecución de las obras que habían solicitado y la correcta aplicación de las cantidades asignadas por el Ministerio, todo lo cual debían justificar convenientemente ante su Junta Diocesana. La formación de estas Juntas Subalternas era requisito indispensable para la gestión de fondos suministrados por el Gobierno, aun cuando los expedientes de reparación hubiesen sido cursados y aprobados por el Ministerio con anterioridad al Real Decreto de 1851.

Bibliografía:

1850-1857 Calzada de Calatrava. Expediente sobre «necesidad de reedificar la iglesia parroquial, incendiada por los facciosos carlistas en febrero de 1838 (Archivo Diocesano de Toledo).

Discursos leídos ante la Real Academia de Nobles Artes de San Fernando, en la recepción pública de Don Francisco Enríquez y Ferrer (11 de diciembre de 1859).

Biografía de Francisco Enríquez y Ferrer, por  Silvia Arbaiza Blanco-Soler.

Expediente de la Academia de Bellas Artes de San Fernando sobre el proyecto de construcción de una iglesia en el pueblo de Calzada de Calatrava.

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