Penitencia grave y leve para los religiosos del Sacro Convento

Penitencia grave y  leve de los Religiosos.

Penitencia grave y leve de los Religiosos.

Todo religioso que estuviera en penitencia grave estaba privado de voto activo y voto pasivo y encerrado en su celda, saliendo sólo para ir los oficios a la Iglesia o para comer al refectorio. Los días de Capítulo (1) –lunes, miércoles, viernes y sábados- se mantenía a pan y agua en tierra y los demás días de la semana comía pan y agua en mesas desnudas. Los que recibían misericordia comían en mesas desnudas.

(1) Un capítulo era la reunión cotidiana de los religiosos en la sala capitular, en la que estaba mandado leer un capítulo de la Regla de San Benito. Se reunían en un encuentro para hablar sobre los asuntos del Convento, escuchar un sermón o una lectura o recibir instrucciones de parte del Prior.

También se ponía el último en todos los actos que tenía la Comunidad y no llevaba bonete ni tenía preeminencia alguna sobre los demás. Se sentaba en las sillas del Choro Bajo en maitines y los días feriales (2) y en los demás días estaba de pie o sentado en la silla de la misma forma como estuvieran los novicios en el Choro. Se colocaba en la grada del Presbiterio en todas las misas, en maitines y demás horas del día. Siempre que llegaba debía hacer genuflexiones y lo mismo al partir de su lugar, excepto los días simples y feriales que debía postrarse en la gradilla –los demás días debía estar de pie. También se debía postrar en la puerta cuando salía del Choro, para que todos salieran antes que él. El Prelado le asignaba como cárcel el aposento que quisiera, además de tener un Religioso como carcelero que lo llevaba al Choro y Refectorio y luego lo volvía a encerrar.

(2) En el lenguaje eclesiástico, cualquiera de los días de la semana, excepto el sábado y el domingo. Días laborables del tiempo ordinario

Cualquier Religioso en penitencia leve estaba privado del voto activo y debía de guardar clausura en su celda sin estar encerrado. En el Choro y Refectorio debía de estar el último de todos y en los Capítulos recibía disciplina ordinaria. Los lunes, miércoles, viernes y sábados estaba a pan y agua en mesas desnudas y salía a la gradilla en las oraciones de las horas canónicas y la misa. No se le podía dar licencias ordinarias ni extraordinarias como se hacía con el resto de la Comunidad.

Bibliografía:

  • Regla de San Benito.
  • Formularios para hacer pruebas de los hábitos para las Órdenes de Alcántara, Calatrava y Santiago.
  • Definiciones de la Orden de Calatrava, año de 1652.
  • Copia de las escrituras de la Orden de Calatrava.
  • Las Institución, definiciones y actos capitulares de la ínclita caballería de la Orden de Calatrava (Toledo, 1552).

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