Lugares a los que no podían acceder las mujeres en el Sacro Convento

Refectorio interior del Sacro Covento. Foto de Rafael Gómez.

Refectorio interior del Sacro Covento. Foto de Rafael Gómez.

La cocina del Sacro Convento de Calatrava la Nueva estaba situada al lado del claustro, comunicándose con el refectorio a través de una ventana –en cuyo alféizar se colocaban los alimentos para que fueran distribuidos en la comida  y la cena- y con la despensa mediante una entrada, donde el religioso despensero comía, cenaba y asistía a la comunidad mientras ésta comía en el refectorio.

A las mujeres se les permitía el acceso a la cocina –una de ellas solía ser mujer del cocinero y las demás de los criados del convento- durante la mañana y la tarde, hasta la hora de irse, pero no así la entrada a un aposento que estaba situado sobre la cocina. Esta prohibición se determinó en Capítulo [en las órdenes militares, junta de los caballeros y demás vocales de alguna de ellas para sus asuntos comunes] debido a que los religiosos observaron que en este lugar solían subir algunas mujeres a acostarse con alguno de los cocineros o criados para desahogarse –incluso en momentos en que éstos debían de estar trabajando. Por lo tanto, se clausuró el callejón que iba desde la cocina al horno. También se determinó que toda mujer que no respetase dicha clausura sería excomulgada.

Las mujeres podían entrar en la cocina y en la habitación donde estaba el horno, por entender que estaban allí sus maridos pero, según la definición, no podían dormir ni hacer noche en el castillo (extra clausura monasterio) y no podían entrar en la sacristía, declarando el Capítulo que si lo hacían incurrían en excomunión, pues no era causa bastante decir que entraban para ver la plata o reliquias ya que se observó que no lo hacían para eso. Sin embargo, si la mujer era una señora con título o mujer de consejero, se le debía agasajar y, en tal caso, podía entrar en la sacristía siempre y cuando fuera acompañada por el Prelado.

En la noche del Jueves Santo tampoco podía quedarse la mujer en la Iglesia. Y el Jueves Santo, el día del Corpus y otros días en los que había huéspedes con mujeres no podía comer en la Iglesia ni en las capillas sino en la Puerta de la Estrella, fuera de la Iglesia –a no ser que fuera señora con título o mujer del consejero, ya que en este caso se abría la Puerta de la Reina y entraban a comer en la Sala de la Hospedería Baja: así se hizo con la marquesa de Santa Cruz, con la duquesa de Veraguas y con la mujer de D. Sebastián de Zambrana de Villalobos, caballero y consejero de la Orden de Calatrava.

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