Lo que motivó la fundación, y, pudiéramos decir, que fue como el chispazo que caldeó los corazones de los naturales de Calzada, abrasándolos en ardientes deseos de tener un Convento de Capuchinos, fue el testamento de doña Beatriz Carrillo, de cuyo tenor, aunque no le poseamos íntegro, son muchos los documentos en que se transcriben las cláusulas concernientes a nuestro particular. Entre los primeros que tenemos, figura la siguiente carta del P. Guardián de Villarrubia al P. Provincial, sobre la fundación de la Calzada de Calatrava, a 7 de septiembre de 1710. Dice así:
Muy Rvd. Padre Provincial: Con ocasión de haber muerto en esa villa de La Calzada (que dista de Villarrubia diez leguas) una señora, y haber dejado en su testamento que con su hacienda se fabrique un Convento de Capuchinos, y que luego que fallezca se participase al Guardián que fuese de nuestro Convento de Villarrubia para que con su asistencia se hiciese inventario de sus bienes y se pusiesen en depósito, me hallo en dicha villa, y habiendo considerado no ser suficiente dicho caudal para fabricarle, pues será poco más o menos de cuatro mil ducados, bien que iglesia está casi hecha, y para concluirla hay limosnas suficientes, y ser muy proporcionada a nuestro estado, me pareció conveniente dárselo a entender a los señores que en caso que la Provincia lo admitiese era preciso el que lo restante para concluir dicho Convento fuese a sus expensas, por no tener nosotros para dicha obra, la cual proposición han admitido muy gustosos, por ser grandes sus deseos y parecer de tan grande beneficio, por hallarse sólo con cuatro sacerdotes y ser lugar de más de seiscientos vecinos, y en cuanto a los reparos que de parte de la Provincia se hacen, en orden a la consideración de atender a la manutención de los Religiosos, debo decir cómo dicha villa es de grande cosecha de trigo, por ser tierra de grande miga para los granos y ser todos los vecinos labradores, coger mucho vino y gran parte de aceite, y los lugares circunvecinos lo mismo, y aunque los más de ellos son de la Guardianía de Villarubia, sirven de muy poco para ella, por ser mucha su distancia y no poderlos cultivar, y no se duda que servirán de grande alivio para el que en esta villa se fundase, pues, la experiencia enseña, recogen sólo en la villa las Religiones de Almagro, que son las más cercanas, aunque distan tres leguas, quinientas fanegas de grano, y nosotros sólo recogemos dos o tres fanegas.
Con que, estando aquí, se debe discurrir se recogerá sólo en esta villa en granos y el pan cocido para el sustento de los Religiosos, pues me aseguran recoger los Descalzos cada semana cincuenta o más panes, y dicho lugar es del Campo de Calatrava, en donde los Conventos que en dicho Campo se hallan gozan de la limosna de cincuenta fanegas de trigo que S. M. tiene ordenado se den, sean de Religiosos o Religiosas, y dicha villa dista una legua de dicho Convento de Calatrava, del cual no se duda en ser grande útil, por la mucha devoción que nos tienen, como sus expresiones lo declaran. Y ahora son los que con más fervor lo desean, y aunque el caudal de dicha difunta al presente no vale más de lo referido, debo advertir ser lo más de él en granos, los cuales quedan tasados a doce reales la fanega de trigo, y es muy factible valgan mucho más en adelante, por venir de Valencia a buscarlos, y haber quedado mucha parte de langosta en las cercanías de la tierra. Remito la cláusula de dicho testamento para que V. C. la vea, y se haga reflexión sobre ella. Por dar el término de ésta, se me ofrece suplicar a Nuestro Señor guarde a V. C. muchos años.
La Calzada y septiembre, 7 de 1719.
De V.C. rendido y afmo. subornidado, Fr. Félix de Bustarviejo.
El compañero es el P. Fr. Ignacio, el que tiene aquí una parienta muy poderosa y sin sucesión; se halla muy gustosa, y lo desea, y nosotros nos iremos al Convento dentro de dos días.
Por causa de no poder escribir este correo la Vª., dicen escribirán el correo inmediata, porque al presente se hallan algunos ausente.